Importancia del manejo
ético en los temas de consentimiento informado y secreto profesional en la
interacción entre el psicológico y un sistema familiar.
El
psicólogo desde cualesquiera esferas de acción, penetra como ningún otro
profesional en la intimidad de las personas, en el conocimiento de sus
personalidades, conflictos, sentimientos e insatisfacciones con su consecuente
influencia sobre los demás. Para la modalidad familiar se añaden aquí
consideraciones relevantes, pues la familia tiene un enorme impacto en la
formación social del ser humano y la tríada relacional Madre-Padre-Hijo, es el
eje de la socialización en el sistema familiar, por lo que la patología de este
determina situaciones, donde las personas actúan creando consecuencias
irreversibles para los miembros involucrados y la reflexión ética debe sugerir
una visión más global evitando reduccionismos más sin embargo cuando hablamos
de tratar a una familia que acude a una psicoterapia de familia ,estamos
aceptando un presupuesto: que esta desea eliminar un problema o malestar, y que
debe realizar un cambio y que nosotros debemos incidir sobre ella para que este
cambio se dé. Para ello las concepciones sistémicas apuntan a la necesidad
de realizar intervenciones que profundicen el desequilibrio del sistema
familiar, para que este por sí mismo buque un momento de cambio y cree solo una
nueva manera de funcionar, para ello el terapeuta familiar se sirve de una
serie de técnicas que si bien su uso no se puede considerar riesgoso, la
certidumbre de su éxito no es mensurable con exactitud.
Dentro
de la información que el psicólogo debe proporcionarle a su usuario, en ese
proceso dialógico, antes de que este de su consentimiento, está la de
informarle sobre la intervención misma, los previsibles resultados, su efectos
deseables y adversos, el uso que se le dará a la información obtenida, las
limitaciones al secreto profesional y las consecuencias jurídicas que se
pudieran presentar como consecuencia de la intervención.
Tratándose
de los estudiantes de psicología, estos no son disciplinables por parte del
tribunal deontológico y bioético de psicología de acuerdo con la Ley 1090
de 2006. Esta Ley sólo le es aplicable a los profesionales. Es por ello que
esta ley no contempla nada relacionado con la formación de los estudiantes. El
único artículo relacionado con los estudiantes es el que tiene que ver con el
uso de pruebas psicotécnicas. El artículo 45 de la mencionada ley señala que el
material psicotécnico es de uso exclusivo de los profesionales en Psicología.
Los estudiantes podrán aprender su manejo con el debido acompañamiento de
docentes y la supervisión y vigilancia de la respectiva facultad o escuela de
psicología.
Sin
duda se extendido en la terapia familiar, ha llegado a ser en los últimos
años uno de los modelos de más popularidad no sólo entre los psicoterapeutas
sino también en el campo de la asistencia y bienestar social, las organizaciones
y redes sociales, la salud, y los problemas escolares. Y ello no es por azar.
Su campo de aplicación característico, el trabajo con la familia, se sitúa en
el centro de la vida social. Pocas cosas ocurren con independencia de la
familia, en sus múltiples y renovadas formas, entendida como grupo socio
afectivo primario. Y es que el modelo sistémico se distingue claramente de los
demás modelos dela intervención psicológica (psicoanalítico, fenomenológico, cognitivo)
porque su unidad de análisis es el sistema y no el individuo, ni la persona,
tan ensalzadas por la psicología tradicional y la civilización que nos
encontramos hoy en día.
Realizado por: Yoheinis de Avila